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En Congreso Mundial 'FIATA 2002' discuten nuevo proyecto de ley de seguridad portuaria norteamericano

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En Congreso Mundial 'FIATA 2002' discuten nuevo proyecto de ley de seguridad portuaria norteamericano

Al cumplirse casi un año del atentado a las torres gemelas
Edición del 09 de Septiembre de 2002

En Estambul, Turquía desde el 7 de Septiembre se desarrolla Congreso Mundial del FIATA (International Federation of Freight Forwarders Association) con la participación 83 países y más de seiscientos asistentes.

Este importante evento el cual congrega a organizaciones, compañías, profesionales y especialmente agentes de carga de todo el mundo, durante cuatro días se realizan reuniones de negocios, exposiciones y presentaciones de la más variada índole en torno a este medio, desde nuevas tecnologías, exploración de mercados, nuevas tendencias y regulaciones.

Un punto importante a tratar durante estos días, sin duda va a ser el Proyecto de Ley "Port Terrorism Prevention of 2002" de los Estados Unidos, tema el cual será además recordado al cumplirse casi un año del atentado a las torres gemelas en Nueva York.

Samuel Pérez Goldzveig, asistente legal del estudio jurídico londinense DAVIES LAVERY, nos entrega un resumen de los principales puntos que tratará la Abogada especialista en Transporte Kate Pysden en relación al mencionado proyecto en dicho congreso.

"Si bien es cierto, el mencionado proyecto de ley apunta a proteger la seguridad nacional de los Estados Unidos, las altas multas en dinero que estarían involucradas no necesariamente conciernen a la seguridad, incluso pudiendo ser resultado para aquellos que infrinjan esta ley el no recibir una protección legal adecuada", mencionó Goldzveig.

"El transporte de mercancías es una actividad comercial y por lo tanto de carácter civil, en el comercio las partes se oficializan en contratos y si una disputa tiene lugar entre las partes, se someten a la jurisdicción y juicio de una Corte, o arbitraje de carácter civil. Pero según el proyecto de Ley.1214, primaría el interés de la seguridad nacional de USA., por lo que una simple infracción no sería considerada como penas de carácter civil, sino que como actos criminales.

La legislación puede ser escrita como de carácter civil pero puede ser de naturaleza criminal. Si éste es el caso, es esencial que aquellos que comprometen un acto contrario a esta legislación estén conscientes que las multas no son civiles, sino criminales.

Además si el mencionado proyecto es aprobado, éste no sólo regulará el transporte de mercancías dentro de la jurisdicción de aguas americanas, sino también fuera de su propia jurisdicción, es decir los embarques "entrantes y "salientes", pudiendo "vetar" o prohibir el uso de determinados puertos", destaca Goldzveig .

Dependiendo del acto cometido, las consecuencias pueden ser bien diferentes bajo la ley penal o civil. Por ejemplo, bajo la Sección del Proyecto de Ley 1214, sección 2505 - Suspensiones

a) En general - el Presidente, sin notificación o audiencia, suspenderá el derecho de
cualquier embarcación de los Estados Unidos y el derecho de cualquier persona que comercialice con los Estados Unidos, proveer transportación marítima en el extranjero y el derecho de una persona para operar naves en aguas comerciales extranjeras, si el Presidente determina que:

(i) Existe una condición la cual pone en peligro la seguridad o integridad de los pasajeros, naves o tripulación que esté viajando hacia o desde ese puerto y
(ii) El interés público requiere la inmediata suspensión de comercio entre Estados Unidos y ese puerto.

(b) No autorizado a entrar: Si una persona opera una nave, contrario a esta sección, el Presidente podrá prohibir la autorización de entrada a esta persona, a todos los puertos de Estados Unidos.

(c) Multa por infracción - La persona que infrinja esta sección será culpable para el Gobierno de Estados Unidos, cancelando una multa civil de no más de US$50,000, Cada día que una nave utilice un puerto prohibitivo será una nueva infracción.

Si una nave estadounidense (por algún motivo de fuerza mayor) está obligada a usar un puerto considerado "prohíbido" (prohibited port), cuatro días por ejemplo, los armadores tendrían que pagar US$200,000 bajo esta legislación. Los problemas de retraso de la nave también deben considerarse.

"La seguridad Nacional del País, no es responsabilidad de la industria del transporte. Esta responsabilidad recae en el Gobierno. Si ellos proponen una legislación que afecte una industria, El gobierno debe consultar para asegurarse que tal legislación no cause perjuicio de una manera injusta a esta industria, por ejemplo, ¿Cuál es propósito efectivo de una multa financiera fija con respecto a la seguridad nacional de EE.UU.?

Queremos destacar que cualquier país tiene el derecho de legislar para proteger su seguridad nacional, y no siempre es posible satisfacer las necesidades de todas las partes involucradas. Sin embargo, es importante que el Gobierno americano considere los efectos perjudiciales que esta legislación traería consigo a la industria del transporte" concluyó Goldzveig.

Fuente: MundoMaritimo.cl

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