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Convenio de Gestión del Agua de Lastre endurece sus requisitos

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Convenio de Gestión del Agua de Lastre endurece sus requisitos

¿Qué deben hacer los operadores para prepararse para los cambios del 8 de septiembre de 2024?
Edición del 02 de Octubre de 2023

Dentro de un año, todos los buques sujetos al Convenio sobre la gestión del agua de lastre deberán tener instalado a bordo un sistema de tratamiento de agua de lastre aprobado.

De Acuerdo con Gard una buena gestión del agua de lastre es fundamental para prevenir la propagación de especies acuáticas invasoras. Con ese fin, se adoptó el Convenio sobre la Gestión del Agua de Lastre (BWM), que finalmente entró en vigor en 2017. Con él, surgieron dos regulaciones principales, ambas destinadas a mejorar la gestión del agua de lastre: La regulación D-1 que cubre el intercambio de agua de lastre, es decir el lavado de los tanques de agua de lastre en mar abierto, mientras que el reglamento D-2 cubre el tratamiento del agua de lastre, es decir, la eliminación y destrucción de organismos biológicos del agua de lastre antes de su descarga.

A partir del 8 de septiembre de 2024, todos los buques sujetos al Convenio BWM (todos los buques de más de 400 GT, con algunas excepciones y adiciones) deben cumplir con las normas de desempeño contenidas en la regla D-2, “lo que significa que los que no cuenten con un sistema de tratamiento de agua de lastre deberán instalar un sistema aprobado antes de la fecha límite”, destaca Gard.

¿Qué deben hacer los operadores de buques?

Se recomienda a los armadores que no hayan tomado una decisión sobre la instalación de sistemas de tratamiento de agua de lastre que comiencen los trabajos preparatorios lo antes posible. Algunos elementos clave de este trabajo preparatorio son:

  • Garantizar que se comprendan plenamente las obligaciones previstas en el Convenio BWM y otras reglamentaciones nacionales y locales, y desarrollar una estrategia exhaustiva para cumplir con las normas aplicables.
  • Preste especial atención a la situación en los Estados Unidos, país que no es parte del Convenio BWM y cuenta con un reglamento BWM propio por lo que mantiene una lista separada de sistemas de tratamiento de agua de lastre aprobados por la Guardia Costera de Estados Unidos.
  • Evaluar la idoneidad de las soluciones de sistemas de tratamiento de agua de lastre disponibles para cada nave en función de su perfil operativo y diseño.
  • Considerar el "factor tiempo". La disponibilidad y los plazos de entrega de los sistemas de tratamiento aprobados variarán según la demanda, al igual que la capacidad de los astilleros.
  • Una vez que se haya seleccionado una solución de sistema de tratamiento de agua de lastre, se debe asegurar que los oficiales y la tripulación estén capacitados adecuadamente y sean competentes para llevar a cabo las tareas y funciones asignadas de gestión del agua de lastre. Asegúrese de que cada buque tenga a bordo un Plan de gestión del agua de lastre aprobado, un Libro de registro del agua de lastre y un Certificado internacional de gestión del agua de lastre.
  • Preparación ante las inspecciones de Control del Estado Rector del Puerto (PSC). Además de la verificación de los procedimientos, registros y certificados a bordo válidos y aprobados, es posible que sea necesario realizar un muestreo del agua de lastre del buque de conformidad con las normativas de la OMI para el muestreo del agua de lastre (G2). El cumplimiento de las regulaciones nacionales y locales también estará sujeto a inspección por parte de PSC.

Cabe mencionar que la sociedad de clasificación del buque puede prestar asesoramiento sobre los sistemas aprobados por la OMI más adecuados para el tipo de buque y el área comercial.

Plan de Gestión del Agua de Lastre

Un Plan de Gestión del Agua de Lastre (BWMP) es un documento a bordo que detalla el procedimiento para la descarga de agua de lastre y el manejo de sedimentos. Este plan debe ser específico para la nave y su equipo y estar aprobado por el Registro de Abanderamiento del buque y/o la Sociedad Clasificadora. 

Todos los planes elaborados a partir del 8 de septiembre de 2024 deben reflejar los requisitos D-2. La mayoría de las sociedades de clasificación han desarrollado plantillas útiles para el BWMP, como es el caso, por ejemplo, de DNV.

Por MundoMarítimo 

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