Las pólizas de seguro suelen ser amplias y generales en su cobertura, pero incluyen muchos detalles respecto de lo que no cubren y entre medio quedan espacios sin definir, un 'área gris' sin conclusiones evidentes que a menudo está poblada de casos extraordinarios y fuera de lo común para los cuales nadie pensó de antemano una alternativa. Así ha sido con el Covid-19. Nadie lo vio venir, nadie se preparó para los claims que podrían surgir como efecto colateral del virus. En medio de un extraño año marcado por el distancimiento social y el teletrabajo y con motivo de celebrar sus 18 años, MundoMaritimo se sumó a la tendencia de los debates online y debutó con su propia serie de seminarios web titulado "Covid-19 y la industria marítima", para conversar los diferentes temas que el coronavirus ha alterado.
Claims y cobertura de seguros de P&I
La primera sesión del ciclo de webinars abordó el tema de los seguros de propiedad e indemnización P&I. Los panelistas convocados trataron el tema desde todas las aristas: abogada litigante especialista en Ley Inglesa Elizabeth Turnbull, socia en Preston Turnbull LLP (UK); Andrew Cave, Cave & Cía. y corresponsal de P&I; y José María Sánchez, Claims Manager MSC. Los presentadores estuvieron acompañados del moderador Rafael Durán, socio Durán y Cía. Abogados, quien es además vicepresidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Marítimo, rama chilena y el abogado y profesor de derecho marítimo de la PUCV, Claudio Barroilhet, quien participó entregando las palabras de apertura y presentando a los relatores.
Contratos y Fuerza Mayor
"Impacto del Covid-19 en los contratos de transporte y pólizas de seguro", presentado por Elizabeth Turnbull, abrió la sesión. Las medidas de contención del virus han provocado una disrupción en la cadena de suministro que ha generado complicaciones para que los buques lleguen a puerto en el tiempo determinado, contenedores parados en puertos, incremento de riesgo para la carga almacenada o en tránsito. Entonces surgen tres preguntas: ¿es la pandemia una situación de Fuerza Mayor?; Si hay casos de coronavirus en el puerto, ¿es este inseguro?; y si el buque sufre retrasos por causa de la pandemia ¿es situación de off-hire?
Para el caso de FM "depende del contrato. No hay una doctrina general de FM bajo derecho inglés", explica la abogada especialista en legislación inglesa, la más antigua en el ámbito marítimo. "Fuerza Mayor implica excusar el incumplimiento contractual a causa de un evento imprevisto. Solo aplica si es que hay cláusulas de FM en el contrato, las cuales muchas veces no existen en contratos de fletamento". A falta de una cláusula de FM la única posibilidad es que aplique la ‘frustración del contrato’, pero solo funciona si se puede probar que es absolutamente imposible cumplir con el contrato bajo las condiciones actuales que difieren de cuando se suscribió inicialmente. En el caso de la seguridad de los puertos es que "es fundamental tener en cuenta es que el brote de Covid-19 en sí no lo hace inseguro. Si hay medidas de protección no impacta en la seguridad de la operación", explica Turnbull para finalizar respondiendo sobre el off-hire "solo si tienes situación de Covid en el buque y donde, como fletador, no se puede tener el pleno funcionamiento del buque. Es una posibilidad pero, como siempre, hay que mirar el contrato".
P&I
Andrew Cave continuó con "COVID-19 y el seguro de P&I", destacando que el seguro P&I es para navieros, haciendo hincapié en que no aplica para otras partes que no sean armadores y que aplica para responsabilidades civiles y aquellas relacionadas con obligaciones administrativas, es decir, relativo a instituciones y normas gubernamentales y legales. "Las coberturas de P&I [relativo al COVID-19] es la vida y salud de las personas, la carga y las cuarentenas", dice Cave. En cuanto a la cobertura de vida y salud de las personas, el seguro de P&I no constituye un seguro de salud, sino que es un reembolso de los gastos incurridos en casos de tratamiento de tripulantes, pasajeros y otras personas; enfermedad, fallecimiento, repatriación y relevos y gastos extra por desviación. En cuanto a la carga, cubre el daño o pérdidas o gastos de Defensa y en casos de cuarentena, hay reembolsos relacionados a casos donde haya un brote (outbreak) a bordo y que por orden de la autoridad portuaria se determine cuarentena para la nave: sanitización, combustibles, remuneraciones, seguros, etc., que se incurran producto de la situación y que sean adicionales a lo presupuestado. "Esta cobertura no aplica si es por cuarentena preventiva, solo es válida para casos donde haya brotes activos", explica Cave.
Carga contenerizada
Para finalizar, José María Sánchez, Claims Manager MSC, presentó "La pandemia en el transporte marítimo de carga contenerizada", donde destacó el impacto que el virus ha tenido en las cifras de carga durante el 2020 (en TEUS, fuente CEPAL): Chile -16,5%; Callao -5,6%; Golfo de México -5,1%; además de un aumento de navegaciones canceladas tanto en WCSA como en ECSA. "La disrupción en la cadena de suministro ha provocado altas sumas de demurrage y muellaje y escasez de unidades libres para atender otros tráficos", destaca Sánchez, quien resalta que una medida de mejorar estas demoras y retrasos que se suceden en puertos colapsados es la implementación de herramientas electrónicas y digitales, tales como los Sistemas de Comunidades Portuarias (PCS), las ventanillas únicas y los B/L electrónicos que facilitan la liberación de la carga más rápido y con la ventaja de no tener contacto humano.
El especialista también habló de la Fuerza Mayor, en términos de que aplicaría en caso de cumplir con tres requisitos fundamentales: irresistible, imprevisible y no imputable en ningún grado al carrier. "Los daños a la carga por el retraso son de responsabilidad el armador. Solo se excusa de ello si puede demostrar FM", agrega.
Próxima entrega
La próxima entrega del ciclo de webinars por los 18 años de MundoMaritimo será el martes 8 de septiembre: "Ley de puertos en Iberoamérica". Contará con la participación de José Antonio Morillo-Velarde del Peso, Jefe de la Asesoría Jurídica Puertos del Estado (España), como relator destacado, acompañado por Javier Franco, Socio Franco y Cía Abogados (Colombia), Profesor Universidad del Externado y especialista en derecho marítimo y portuario; María Belén Espiñeira, Abogada Maritimista - P&I Correspondent – Lecturer (Argentina) Partner - IT&L Legal Consultants; y José Antonio Pejovés, Socio Pejovés Estudio Marítimo (Perú) y Árbitro y profesor Universidad de Lima, especialista en derecho marítimo y portuario. La sesión será moderada por Rafael Durán.
Por MundoMarítimo
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